SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0505/2005-R
Fecha: 10-May-2005
rechazó
Mediante Resolución 719/2004, de 12 de noviembre, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, rechazó el recurso por incumplimiento del requisito exigido en el art. 97.V de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), pues pese a haberse otorgado al recurrente el plazo de cuarenta y ocho horas para que acompañe y presente originales o fotocopias legalizadas de las pruebas que acrediten el acto ilegal de las autoridades y particulares recurridos, se limitó a presentar un video que es insuficiente para compulsar adecuadamente y sobre la base de criterios objetivos la pretensión del impetrante así como la veracidad de los hechos reclamados y derechos supuestamente lesionados.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II.1. Sobre los requisitos de admisión del recurso de amparo constitucional
- evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos
- admisión
- procede el recurso
- Procederá
- no procede
- procedente,
- antes
- improcedencia
- concederá o denegará
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- aclaró que el agotamiento de las vías legales era una cuestión a ser analizada una vez admitido y tramitado el recurso
- FJ III.2
- II.4.
- APROBAR