Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0554/2005-R
Fecha: 20-May-2005
II.10.
II.10. Por memorandos cite M.541/2004 (fs. 5) y cite M.542/2004 (fs. 6) de 20 de septiembre, el fiscal recurrido comunicó a los recurrentes que la fecha de cumplimiento del periodo de funciones fenecía en próximos días, agradeciendo el cumplimiento del mismo, a tiempo de reconocer su labor y servicio profesional en el Ministerio Público.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.7.
- II.10.
- a)
- III.1.
- 1)
- mientras no se implemente el Sistema de Carrera Fiscal, el Fiscal General de la República, en uso de la atribución que le confiere la norma del art. 36.14 de la LOMP, puede nombrar Fiscales, los cuales serán considerados como “personal eventual”,
- III.2.
- Fragmento 13
- III.3.