SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0614/2005-R
Fecha: 07-Jun-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La recurrente ratificó su recurso y lo amplió indicando que la clausura de la agencia de su propiedad fue debida a la mora administrativa, ya que si bien cumplió con los requisitos y condiciones para su funcionamiento, para su verificación solicitó inspección sin obtener jamás una respuesta, produciéndose un silencio administrativo que supone un rechazo tácito a otorgar el permiso de funcionamiento, vulnerando el acto de clausura su derecho al trabajo. Por otra parte, las declaraciones públicas prestadas en los diferentes medios de comunicación por la Asesora Legal recurrida y otros funcionarios de la Dirección Departamental de Turismo, sin prueba que avale sus declaraciones del ilegal funcionamiento de su empresa, dañaron su imagen y reputación, haciendo perder la confianza del público, ocasionándole perjuicio económico. Aclaró que en ningún momento se incumplió con los requisitos de funcionamiento, siendo esa empresa su fuente de trabajo con la cual mantiene su familia. Por último, amplió el recurso pidiendo se proceda al resarcimiento de los daños y perjuicios que está provocando esta clausura y también se disponga la devolución de Bs4000.- que se pagó por concepto de multa. En definitiva pidió la procedencia del recurso.
En la réplica indicó que no hubiera interpuesto este recurso si se hubiera cumplido con el art. 173 del Reglamento de la materia. Afirmó también que previamente debió ser notificada y no procederse directamente a la clausura, lo cual le colocó en estado de indefensión, además que el silencio administrativo a su petición de autorización para el funcionamiento cumpliendo todos los requisitos, es otro acto ilegal que vulnera derechos fundamentales y que acarrea responsabilidades de los recurridos al ser funcionarios públicos. Finalizó indicando que las supuestas observaciones a su solicitud señaladas por los demandados nunca le hicieron conocer.