SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0628/2005-R
Fecha: 07-Jun-2005
II.1
II.1. Gary Juan Pardo Reynoso y Alex Arnez Alcocer, funcionarios de la Aduana, en un patrullaje efectuado en la localidad de Pajcha Pata Lux a 80 km. aproximadamente de la carretera que vincula las poblaciones de Tarata y Santibáñez, interceptaron un vehículo marca, Toyota, tipo Corolla Limited SE, color azul, sin placa de control conducido por Guillermo Velásquez Díaz, quien refirió ser propietario de dicho motorizado. Conducido a dependencias de la Aduana se procedió a la verificación informática del vehículo llegándose a verificar que el mismo es indocumentado por no estar registrado en el sistema informático de la Aduana presumiendo la comisión del delito aduanero de contrabando, procediéndose comiso preventivo y a la elaboración del acta de intervención (fs. 6).