Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0708/2005-R
Fecha: 22-Jun-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El actor alega estar detenido desde el 14 de mayo de 2002, habiendo transcurrido más de tres años, sin que exista Sentencia ejecutoriada en su contra, lo que vulnera la norma prevista en el art. 133 del CPP, proceso penal en el que asumió defensa sin obstaculizar la averiguación de la verdad. Corresponde, en consecuencia, verificar si los extremos demandados son evidentes y si constituyen actos ilegales que se encuentran dentro del ámbito de protección del art. 18 de la CPE.