Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0717/2005-R
Fecha: 28-Jun-2005
II.7.
II.7. El 28 de julio de 2004, mediante informe ULELR 240/2004, el Jefe de la Unidad Legal de la Aduana fue informado por la abogada Virginia Janeth Crespo que por el robo del vehículo reclamado, la solicitud efectuada por Zaida Marcelina Tinini Núñez para acogerse al programa transitorio, voluntario y excepcional dispuesto por la Ley 2492 y por el DS 27140 fue rechazada (fs. 46 y 47).