SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0722/2005-R
Fecha: 27-Jun-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 16 de mayo de 2005, cursante a fs. 1, la recurrente asevera que el domingo 15 de mayo de 2005, al promediar las 4:00 a.m., su representado fue aprehendido por funcionarios de la policía y trasladado a dependencias de la Brigada de Protección de la Familia donde permaneció de quince a veinte minutos, para luego presentarse funcionarios de DIPROVE y ser conducido a las celdas del retén policial donde estuvo privado de libertad acusado de un delito de robo, siendo recién puesto a disposición del Ministerio Público a horas 8:00 a.m. del 16 de mayo de 2005, lo que implica que está privado de libertad por más de treinta y dos horas sin que la autoridad judicial competente haya definido su situación jurídica, por lo que interpone el presente recurso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en los supuestos en que la norma procesal ordinaria de manera específica prevea medios de defensa eficaces y oportunos para resguardar el derecho a la libertad supuestamente lesionado, estos deben ser utilizados, previamente, circunstancia en la que excepcionalmente, el recurso de habeas corpus operará de manera subsidiaria
- se debe concluir que el proceso constitucional del hábeas corpus, únicamente se activa cuando los medios de defensa existentes en el ordenamiento común, no sean los idóneos para reparar, de manera urgente, pronta y eficaz, el derecho a libertad ilegalmente restringido. No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata. Conforme a esto, solamente una vez agotado tal medio de defensa y ante la persistencia de la lesión, se podrá acudir a la jurisdicción constitucional, invocando la tutela que brinda el hábeas corpus
- III.2.
- III.3.