SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0726/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0726/2005-R

Fecha: 29-Jun-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes arguyen que dentro del proceso ejecutivo que sigue en su contra Nils Ricaldi Rocha no fueron debidamente citados con la demanda y Auto intimatorio de pago porque el Oficial de Diligencias practicó la notificación por cédula en el domicilio de Leonardo Orocondo Arevilca y no en el de Máxima Fila Apaza, y la nulidad de obrados que interpusieron por fraude procesal fue rechazada por la Jueza demandada, prosiguiéndose con el trámite judicial hasta el transe de subasta y remate. Corresponde analizar en revisión si en la especie es pertinente otorgar la tutela pretendida.