SENTENCIA CONSTITUCIONAL O589/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL O589/2005-R

Fecha: 01-Jun-2005

1)

En el informe cursante de fs. 116 a 117, la Fiscal de Materia adscrita refirió que: 1) el 8 de abril del presente año a horas 10:30 tomó conocimiento de que tres súbditos de nacionalidad peruana fueron conducidos a las dependencias de la PTJ por personal de la FELCN, quienes en su trabajo de rutina, cuando realizaban una requisa en la flota Bolívar, detectaron que estas personas se encontraban con doble identidad, con documentación peruana y con cédulas de identidad boliviana, además, se encontró en el bolso del recurrente José Alfredo Paz Chalco, un pequeño paquete con supuestas pepitas de otro; 2) momentos antes de tomar conocimiento del caso, varias personas les reconocieron como estafadores de dinero, con el “cuento del Tío”, puesto que decían ser poseedores de oro de alto valor, motivo por el cual el Fiscal Adscrito a la División Delitos contra la Propiedad, ordenó que se realice el desfile identificativo; 3) el recurrente negó la propiedad de las pepitas; sin embargo, cuando retiraba sus pertenencias trató de retirar el paquete; 4) remitió al recurrente y a sus representados el 9 del mismo mes y año a horas 10:40, por lo que no ha transgredido ninguna norma legal; tampoco su detención fue ilegal, por cuanto fueron encontrados con documentación falsa y con doble identidad, siendo aprehendidos por funcionarios policiales en aplicación del art. 227.1 del CPP, presumiéndose que cometieron los ilícitos incursos en los arts. 198, 199 y 203 del Código penal (CP); 5) en ningún momento ordenó la detención preventiva de los recurrentes, puesto que sólo se limitó a realizar la imputación y solicitar su detención preventiva en base a los antecedentes presentados, la flagrancia del delito y por existir antecedentes de los recurrentes en otros hechos. Finalizó solicitando la improcedencia del recurso.