Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0856/2005-R
Fecha: 27-Jul-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La recurrente aclara que la demanda no es contra las autoridades que actualmente se encuentran recurridas en razón de sus personas, sino en razón del cargo que ejercen, toda vez que quienes emitieron los fallos impugnados han cesado en sus funciones; así, reitera que desde el inicio del proceso, éste fue sustanciado con una serie de vicios, sin que las autoridades que a su turno lo conocieron hubieran revisado de manera prolija los antecedentes, ni aplicado correctamente las normas, haciendo que se lleve con vicios de nulidad.