SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0856/2005-R
Fecha: 27-Jul-2005
II.1.
II.1. El 13 de febrero de 1991, el Juez de Instrucción Primero en lo Civil, Mario Argandoña, dentro del proceso voluntario seguido por Marcos Llave Álvarez en representación de Alfonso, Arnoldo y María Ocampo Young, dirigido contra Efraín Ajhuacho Apaza, Toribio Chambi y Dionicio Calizaya, como representantes de San Pedro de Challacollo, y por otra parte, contra Víctor Nicasio y Félix Quispe, representantes de Iroco, demandando mensura y deslinde del sector denominado Pampa Alamasi; considerando la oposición formulada por los demandados, declaró concluido el proceso, salvando los derechos de las partes a la vía ordinaria y ordenando la remisión de los antecedentes al Juez de Partido de turno en lo Civil (fs. 32 vta.).