Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0750/2005-R
Fecha: 05-Jul-2005
I.1.3. Personas recurridas y petitorio
Con esos antecedentes plantea recurso de amparo constitucional, sin señalar contra quien dirige el recurso, pidiendo que el Tribunal de amparo se pronuncie y determine claramente a quién corresponde hacer cumplir su solicitud, es decir ejecutar la captura y la solicitud de informe a Derechos Reales sobre los bienes del sentenciado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- rechazó
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- II.1. Análisis previo de la procedencia o improcedencia del amparo constitucional
- II.2. Requisitos de admisión del recurso de amparo constitucional y sus efectos
- defectos formales
- evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos
- Fragmento 11
- tampoco