Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0762/2005-R
Fecha: 05-Jul-2005
Fragmento 14
En consecuencia, teniendo la parte recurrente medios de defensa donde poder acudir y hacer valer los derechos que considere vulnerados o violentados, no es viable otorgar la tutela solicitada, toda vez que el amparo constitucional siendo de naturaleza subsidiaria, exige el previo agotamiento de todos los recursos ordinarios previstos por el ordenamiento jurídico.