Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0762/2005-R
Fecha: 05-Jul-2005
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronunció Resolución declarando improcedente el recurso, con el fundamento de que el recurso de amparo por ser de carácter subsidiario, no procede cuando existe otro medio o recurso para la protección de los derechos y garantías de la recurrente, asimismo, la existencia de una demanda de maltrato ante el Juez de la Niñez y Adolescencia inviabiliza también el recurso.