SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0762/2005-R
Fecha: 05-Jul-2005
II.2.
II.2. El 4 de noviembre de 2004, a horas 11:00 la Defensoría de la Niñez y Adolescencia comunicó a la recurrente que su hijo se encontraba en esas dependencias y que debía pasar a recogerlo, para luego en horas de la tarde informarle que existe en su contra una denuncia interpuesta por su madre Eli Iturri por maltrato infantil. El mismo día en las oficinas de la Defensoría suscribió un acta por el que autorizó que el nombrado menor viva con su abuela Eli Rosario Iturri en forma temporal, mientras el Juzgado de la Niñez y Adolescencia determine lo que corresponda (fs. 1 a 3), al día siguiente hizo entrega en las mismas oficinas efectos personales y ropa del menor a Eli Iturri, bajo inventario (fs. 110).