SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0766/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0766/2005-R

Fecha: 06-Jul-2005

III.4.

III.4. En cuanto a la devolución del vehículo impetrada por el recurrente, corresponde señalar que debido a que existe un proceso judicial sometido ante el juez en materia familiar sobre la disolución -o anulación- del vínculo conyugal y en consecuencia respecto de los bienes que según se determine serán gananciales o de origen patrimonial de las partes denunciante y denunciada, sobre el robo del vehículo; corresponderá a la autoridad jurisdiccional disponer lo que fuera de ley dentro de dicho proceso; por lo que provisionalmente y en tanto no exista una resolución al efecto -si aún no la hay-, al no haber prosperado la denuncia de robo atribuida al poseedor actual del vehículo -aún cónyuge de la denunciante-, y habida cuenta de que antes de la interposición del recurso de amparo, el vehículo en cuestión, estaba en posesión del recurrente, resulta pertinente que el Fiscal recurrido, Director de la investigación determine la devolución del vehículo al ilegalmente denunciado de cometer el delito de robo.