SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0775/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0775/2005-R

Fecha: 07-Jul-2005

I.2.3. Intervención del tercero interesado

Rodolfo Arispe, en su condición de tercero interesado, señaló que el recurso debió haber sido rechazado porque UCS no otorgó poder especial al recurrente para apersonarse. Además ratificó el informe de la Corte Nacional Electoral, porque Primitivo Condori Sejas interpuso un recurso de nulidad que fue declarado infundado, solicitando en definitiva la improcedencia del recurso al existir identidad de sujeto y causa.