Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0775/2005-R
Fecha: 07-Jul-2005
II.9.
II.9. El 24 de mayo de 2004 (fs. 22-24), UCS interpuso recurso de revisión de la Resolución 057/2003, adhiriéndose al formulado por el afectado y el 8 de junio de 2004 (fs. 25-27), presentó prueba reiterando se dicte Resolución. Por Auto de 25 de junio de 2004 (fs. 31), la Corte Nacional Electoral, dispuso no ha lugar a la revisión impetrada.