Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0784/2005-R
Fecha: 13-Jul-2005
2º
2º Declarar PROCEDENTE el recurso, disponiendo la nulidad tanto de la Resolución de 20 de mayo como del Auto de Vista 90/20005, de 2 de junio, pronunciados por la Jueza Primera de Instrucción en lo Penal y las vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Beni, respectivamente, disponiendo que en el plazo de veinticuatro horas de ser notificada con el presente fallo la Jueza de Instrucción Primera en lo Penal dicte nueva Resolución en estricta observancia de lo previsto por el art. 239.1 del CPP, sin disponer la libertad del recurrente.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- defensa eficaz y oportuno para la protección de su derecho a la libertad física.
- III.2.
- III.3.
- nuevos elementos
- III.4.
- 2º