SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0784/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0784/2005-R

Fecha: 13-Jul-2005

II.3.

II.3.  La Resolución anterior fue apelada por el recurrente siendo resuelto el recurso por Sala Penal de la Corte Superior compuesto por las vocales corecurridas, mediante Auto de Vista 90/2005, de 2 de junio, que declaró improcedente el recurso, aduciendo que: 1) la Jueza a quo al no haber dado curso a la cesación de la detención preventiva solicitada por el imputado dio correcta aplicación al art. 233 del CPP puesto que el apelante de ningún modo desvirtuó el hecho de ser con probabilidad autor del hecho, tampoco enervó la circunstancia de que inmediatamente de haber cometido el hecho delictivo se dio a la fuga; 2) la Sentencia Constitucional a la que se refiere el imputado no era aplicable sino más bien la SC 0149/2003, por ser de un caso similar, cumpliendo de ese modo con lo dispuesto por el art. 44.I de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), por lo que la jueza inferior no incurrió en ningún acto u omisión ilegal.