Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0802/2005-R
Fecha: 20-Jul-2005
II.3.
II.3. Una vez secuestrada la avioneta con matrícula CP-1499, el recurrente planteó incidente ante la Jueza cautelar, pidiendo se le designe depositario judicial y se le entregue la indicada avioneta (fs. 4 y vta.), solicitud que mereció la Resolución de 18 de junio de 2004, por la que dispuso el secuestro y posterior entrega de la aeronave al recurrente en calidad de depositario judicial medida que se haría efectiva una vez sea practicado el peritaje toxicológico (fs. 1 a 2).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- juez o tribunal, para el cumplimiento de los actos que ordenen en el ejercicio de sus funciones dispondrán la intervención de la fuerza pública y las medidas que sean necesarias