Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0802/2005-R
Fecha: 20-Jul-2005
II.7.
II.7. El 10 de noviembre de 2004, el Fiscal recurrido, mediante requerimiento escrito, ordenó al depositario de entonces Remberto Durán, no entregar las aeronaves a sus propietarios hasta que sea comunicado expresamente por el Ministerio Público (fs. 192), extremo que fue comunicado por el depositario a la Jueza cautelar mediante memorial de 16 de noviembre de ese año (fs. 193); posteriormente, mediante requerimiento de 16 de noviembre del mismo año, dispuso la cesación del depositario Remberto Durán, designando en su lugar a Edgar Chuquimia, Comandante de UMOPAR, disponiendo a su vez la entrega de las avionetas al nuevo depositario (fs. 201).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- juez o tribunal, para el cumplimiento de los actos que ordenen en el ejercicio de sus funciones dispondrán la intervención de la fuerza pública y las medidas que sean necesarias