Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0802/2005-R
Fecha: 20-Jul-2005
II.8
II.8. El 22 de noviembre de 2004, el recurrente solicitó a la autoridad jurisdiccional cautelar el cumplimiento de las Resoluciones que disponen la entrega de la avioneta a su propietario en calidad de depositario judicial (fs. 10 a 11), petición que mereció la providencia de 23 de noviembre, por la cual se ordenó la entrega de la avioneta al recurrente en el día, disponiéndose a su vez la notificación al recurrido Remberto Durán para que cumpla la orden judicial referida (fs. 11 vta.), notificación que fue cumplida en 24 de noviembre a horas 8:10 (fs. 154 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- juez o tribunal, para el cumplimiento de los actos que ordenen en el ejercicio de sus funciones dispondrán la intervención de la fuerza pública y las medidas que sean necesarias