Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0825/2005-R
Fecha: 25-Jul-2005
II.1.
II.1. A consecuencia de un operativo realizado por la FELCN en inmediaciones de Río Blanco, Provincia Carrasco del Departamento de Cochabamba, el 11 de julio de 2001, el representado del recurrente fue detenido por delitos previstos en la Ley 1008 y remitido ante el Fiscal de Sustancias Controladas, quién solicitó la aplicación de medidas cautelares en contra del recurrente. Posteriormente, mediante Resolución de 13 de julio de 2001, el Juez Cautelar de entonces, Miguel Trigo Rocha, dispuso la detención preventiva del recurrente, que hasta entonces era conocido como Miguel Ángel Rojas Mamani (fs. 2 y vta.).