SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0862/2005-R
Fecha: 27-Jul-2005
1)
Los recurrentes mediante su abogado ratificaron y reiteraron los extremos de su demanda, señalando que: 1) solicitaron a la Jueza cautelar conmine a la Fiscal recurrida para la presentación del informe de verificación de domicilio y el 31 de enero de 2005, pidieron a la autoridad jurisdiccional expida mandamiento de libertad, al haber cumplido con todos los requisitos, toda vez que el hecho de que el informe señalado no hubiese sido remitido no era su responsabilidad; empero, la Jueza dispuso que con carácter previo se cumpla con el informe; 2) si la Fiscal recurrida interpuso apelación contra la Resolución de medidas sustitutivas, ello no le impide cumplir con lo ordenado por la Jueza cautelar, ya que la apelación no es en el efecto suspensivo, por lo que solicitaron que el recurso se declare procedente y se conmine a los recurridos a que en el acto, entreguen el Informe a la Jueza cautelar para que así obtengan su libertad.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- Fragmento 5
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la lesión del derecho a la libertad física, está en la demora o dilación indebida de una solicitud de tal naturaleza
- III.3.
- 20 de enero de 2005
- Informe del que dependía el cumplimiento total de las medidas sustitutivas ordenadas por la Jueza cautelar
- III.4.
- APROBAR