Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0960/2005-R
Fecha: 18-Ago-2005
III.1.
III.1. En principio es imprescindible remarcar que el amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de las personas, reconocidos por la Constitución Política del Estado y las leyes siempre y cuando no hubiere otro medio o recurso legal para tal efecto, tal cual prescriben los arts. 19 de la CPE y 94 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- está regido por el principio de subsidiariedad
- para acusar un acto ilegal lesivo de derechos fundamentales que se encuentren bajo la protección del amparo, es preciso e ineludible que el agraviado o su representante aporten pruebas suficientes que demuestren el acto ilegal
- III.2.
- (SC 618/2005-R, de 7 de junio)
- APRUEBA