SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0979/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0979/2005-R

Fecha: 18-Ago-2005

III.2.   Medios de impugnación específicos y aptos contra las resoluciones sobre medidas cautelares

En consecuencia, habiendo el Código de procedimiento penal, previsto un recurso expedito en resguardo del derecho a la libertad del imputado, el mismo debe ser utilizado para impugnar los actos del juez que se consideren lesivos al derecho aludido, y no acudir directamente o de manera simultánea a la justicia constitucional a través del recurso de hábeas corpus, garantía que podrá ser utilizada sólo cuando el tribunal superior en grado no haya reparado las lesiones denunciadas.