Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0984/2005-R
Fecha: 19-Ago-2005
II.3.
II.3. El 4 de enero de 2005, el recurrente impetró mediante memorial al Ministerio Público la devolución de su camioneta, dando a conocer además el procedimiento utilizado por el efectivo policial petición que no mereció respuesta (fs. 15 y vta.), el día 6 del mismo mes y año, presentó otro memorial al Juzgado Quinto de Instrucción en lo penal, dando igualmente a conocer las irregularidades cometidas y solicitando ejerza control jurisdiccional y se disponga la restitución de su vehículo (fs. 16 a 17 vta.), el 11 de enero, presentó nuevamente otro escrito ante el mismo Fiscal reiterando su solicitud de devolución de vehículo el cual tampoco tuvo respuesta alguna (fs. 18 y vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- En caso de controversia a cerca de la tenencia, posesión o dominio sobre una cosa o documento, para entregarlo en depósito o devolverlo se tramitará un incidente separado ante el Juez competente, y se aplicaran las reglas respectivas del proceso civil
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- procedente en parte