SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0986/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0986/2005-R

Fecha: 19-Ago-2005

III.3.

III.3. Es necesario también precisar la normativa legal aplicable al caso presente, a ese efecto corresponde señalar que la norma prevista por el art. 260 de la LGA dispone la creación de la Unidad de Control Operativo Aduanero (COA), en reemplazo de la Unidad de Resguardo y Vigilancia Aduanera (URVA), como órgano operativo de apoyo a la Aduana Nacional, conformado por personal especializado de la Policía Nacional declarado en comisión de servicio, seleccionado por el Presidente Ejecutivo de la Aduana Nacional y bajo su dependencia; en ese sentido el art. 39 de la misma Ley entre las atribuciones del Presidente Ejecutivo dispone: “d) Seleccionar, contratar, evaluar, promover y remover al personal de la Aduana Nacional cuya selección y evaluación recaiga bajo su competencia, incluyendo al personal de la Unidad de Control Operativo Aduanero, de acuerdo a las normas legales vigentes y a su reglamento interno”.

Por otra parte la norma prevista por el art. 34 de la LGA establece que la máxima autoridad de la Aduana Nacional es su Directorio; señalando la norma prevista por el art. 37 entre las atribuciones del Directorio: “c) Verificar el cumplimiento de las normas del sistema de administración y contratación de personal”.