Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1022/2005-R
Fecha: 29-Ago-2005
II.1.
II.1. El 18 de septiembre de 2003, Vladimir Lazcano Barrancos formuló denuncia por la presunta comisión del delito de prevaricato contra Beatriz Chavéz de Villalpando (representada del recurrente), ante el Fiscal de Materia de Llallagua, aduciendo que la indicada habría adulterado y modificado la parte dispositiva de una Resolución de hábeas corpus en la que intervino como Jueza de garantías (fs. 1 a 3). En vista de lo cual, el Fiscal de Materia recurrido el 23 del mismo mes y año requirió al Director Provincial de la Policía se lleve a cabo la investigación preliminar pertinente (fs. 17). El 3 de octubre de 2003 comunicó al Juez Instrucción sobre el inicio de la investigación (fs. 123).