SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1032/2005-R
Fecha: 29-Ago-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente arguye que la autoridad recurrida rechazó sin ningún justificativo legal la orden judicial de registro de hipoteca de los inmuebles que fueran de propiedad de los condenados Salomón Guido Pizarro Parada, Edgar Hugo Rivera Nasica, Benito Gonzáles Noya, Ramiro Antelo Saenz y Hugo Solares Zamora, contra quienes la CNS siguió un proceso penal por contratos lesivos al Estado y conducta antieconómica, con el argumento de que previamente la orden judicial debe complementarse con los datos, partidas o derechos de propiedad a afectarse, sin tener presente que el Registro de Derechos Reales es precisamente la repartición que tiene todos los datos de las partidas o derechos de propiedad a afectarse. Corresponde, en revisión, analizar si en este caso se debe otorgar la tutela buscada por la actora.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2.
- en cuanto al cumplimiento de los requisitos de admisión del recurso de amparo, la línea jurisprudencial de este Tribunal establece dos subreglas: la primera,
- III.3.
- el defecto descrito determina la improcedencia del recurso e impide conocer el fondo del asunto,
- REVOCA