Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2005
Fecha: 16-Sep-2005
II.2.
II.2. Mediante memorial de 11 de abril de 2003 (fs.106 a 107) el recurrente, promovió incidente de recusación contra Osvaldo Céspedes Céspedes, Vocal de la Corte Superior, quien se allanó mediante proveído de 12 de abril de 2003 (fs. 107 vta.), luego contra el vocal Ramiro Claros Rojas, quien también se allanó mediante decreto de 14 de abril de 2003 (fs.110 vta.) y finalmente contra Edgar Terrazas Melgar, quien por providencia de 15 de abril de 2003 (fs. 113) no se allanó disponiendo se remita obrados al tribunal llamado por ley; por lo que por Auto de 24 de abril de 2003, se declaró suspendida la audiencia, convocándose a las partes a una nueva para el 26 de abril de 2003 (fs. 114).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Edgar Terrazas Melgar y Adolfo Gandarilla Suárez, presidentes de las salas Civil Segunda y Primera, respectivamente, de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El procedimiento incidental de la recusación en proceso civil
- III.3. El caso de examen