SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1040/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1040/2005-R

Fecha: 05-Sep-2005

III.1.

III.1. Al efecto, para poder ingresar al análisis de la problemática planteada, previamente corresponde  definir la naturaleza funcionaria del recurrente, para establecer la normativa legal que le es aplicable; en ese orden se tiene que a través del memorando V.D.S. STRIA. GRAL. 243/04, de 13 de agosto, se designó al recurrente como Asesor Legal de la Dirección General de Sustancias Controladas, “con cargo a institucionalización”, lo que significa, que esa designación no emergió del proceso de selección de personal mediante convocatoria pública, sino de una designación directa como personal de confianza, por consiguiente el actor no gozaba de la condición de funcionario de carrera al ser funcionario provisorio de acuerdo a lo establecido por las normas previstas por los art. 70 y 71 del EFP, por lo que no es pertinente que en el presente recurso el recurrente exija que se apliquen a su caso las normas contenidas en el citado Estatuto.

         Por otra parte, el Reglamento Interno del Ministerio de Gobierno, aprobado por RM 3503, de 14 de diciembre de 2001, en la norma prevista por el art. 2 dispone que quedan comprendidos dentro del citado Reglamento Interno, tanto los funcionarios de la oficina central del Ministerio de Gobierno como sus unidades desconcentradas en el ámbito nacional, entre las que señala el Viceministerio de Defensa Social, por consiguiente, el recurrente al ser un funcionario de dicho Viceministerio se encontraba bajo el ámbito de aplicación del citado Reglamento.