Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1043/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso por cuanto la Resolución 01/2005, de 6 de enero del presente año fue dictada en cumplimiento a lo señalado por el art. 9.I de la LAPCAF, misma que se encuentra debidamente fundamentada y conforme a los datos del proceso, y si bien la recusación fue planteada por las causales del art. 3 numerales 4 y 5 de la LAPCAF, estas no han sido debidamente acreditadas como manda la Ley, habiendo las autoridades recurridas rechazado correctamente la recusación.