SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1046/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 31 de enero de 2005 (fs. 183 a 186 vta.), la recurrente alega que dentro del proceso penal seguido por su persona contra Matilde Rodas Flores, por la comisión del delito de giro de cheque en descubierto, el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, Gerardo Céspedes Vélez, dictó una extraña Sentencia que refiere que el cheque fue dado en garantía sin ningún fundamento y prueba al respecto, en segundo lugar basó su fundamento en la SC 0444/2001-R, de 11 de mayo, y concluyó su aberrante decisión con un fallo sui generis, por cuanto en lugar de fallar en la forma prevista en el art. 245 del Código de procedimiento penal de 1972 (CPP.1972), con relación al art. 204 del Código penal (CP), se inventó una cuarta forma de dictar Sentencia y declaró directamente la nulidad del cheque y la extinción de la acción penal.
Continua refiriendo que presentado el recurso de casación, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dictó el Auto de 29 de noviembre de 2004 y declaró infundado el recurso invocando nuevamente la SC 0444/2001-R, que de ese modo las autoridades recurridas basaron sus fallos en la referida Sentencia Constitucional que corresponde a otro caso concreto, en el caso, se declaró directamente la nulidad del cheque, sin pronunciarse en una de las tres formas de dictar sentencia establecidas por los arts. 243, 244 y 245 del CPP.1972.