SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2005-R

Fecha: 12-Sep-2005

improcedente

La Resolución 015/2005, de 2 de marzo (fs. 35 a 36 vta.), declaró improcedente el recurso, fundándose en que para plantear un recurso constitucional, el actor debe tener legitimación activa, que en este caso no ocurre por cuanto quien interpone el amparo es el abogado Eduardo Tapia Villarroel, quien carece de personería suficiente para ello, en razón a que es abogado patrocinante de Neide Beckrich Vda. de Quiroga dentro del proceso penal que se siguió contra Nancy Ruiz de Ballesteros por despojo y hurto y no tiene poder para plantear este recurso, ya que en el proceso penal del cual emerge, el abogado Tapia no es sujeto procesal.