SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1119/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1119/2005-R

Fecha: 12-Sep-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, considera vulnerados el derecho a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso, en razón de que la Sala recurrida dispuso la reposición de obrados hasta el acta donde se declaró el abandono de la querella, con el fundamento de que dicho acto procesal llevaba como título “acta de conciliación” y el Auto emitido tenía como contenido, o se refería a la audiencia de juicio oral; defecto que -según señala- podía ser calificado como relativo y convalidado conforme al art. 170 incs. 2) y 3) del CPP, más aun si de esa forma fue entendido por la parte contraria, interponiendo correctamente apelación incidental, amparado en el art. 403.6 del CPP. Corresponde considerar si lo impetrado se encuentra dentro de los alcances del art. 19 de la CPE.