SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1126/2005-R
Fecha: 16-Sep-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente denuncia la vulneración de los derechos a la libertad de locomoción, defensa y debido proceso de su representado, de 15 años de edad, alegando que se encuentra indebidamente detenido, por cuanto la Jueza recurrida mediante Auto de 1 de abril de 2005, se limitó a ratificar la detención preventiva de su representado, sin que ésta hubiese sido impuesta por autoridad competente y sin señalar audiencia de medidas cautelares, dentro de las veinticuatro horas de haber tomado conocimiento de la privación de libertad de su representado. Resolución que carece de toda fundamentación, desconociendo que es obligatorio que toda resolución esté debidamente motivada, a fin de que se pueda conocer los cargos que se formulan. En consecuencia, corresponde analizar si los hechos demandados ameritan la tutela solicitada.