Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1170/2005-R
Fecha: 26-Sep-2005
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
De acuerdo a lo relatado, plantea recurso de amparo constitucional contra Roque Leaños Krutzfeldt, Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, solicitando sea declarado procedente, se anule la notificación ilegal con el Auto interlocutorio 274 de 3 de octubre de 2003 que declara la extinción de la acción penal del proceso 108/2001 y todo lo obrado hasta el vicio más antiguo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- dentro de los seis meses de ocurrido el acto ilegal u omisión indebida o de agotados los medios y recursos judiciales ordinarios o administrativos idóneos para hacer cesar el acto
- no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- APRUEBA