SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1170/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1170/2005-R

Fecha: 26-Sep-2005

no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata

Por lo que el presente recurso  resulta improcedente en aplicación de los principios de subsidiariedad  e inmediatez  previsto en el art. 19.IV de la CPE  que dispone que el recurso  de amparo es procedente  contra los actos ilegales  y las omisiones indebidas siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos,  suprimidos  o amenazados.