Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2006-R

    Fecha: 04-Ene-2006

    denegatoria”

    En consecuencia, el Tribunal de amparo, ha obrado correctamente al haber dispuesto la “denegatoria” del recurso, aunque de acuerdo a la terminología jurídica a emplearse debió decir improcedente, ya que sólo se declara la denegatoria o concesión de la tutela cuando se entra al fondo del asunto; situación que si bien no se dio en el caso de autos, son aspectos que el Tribunal de garantías deberá tener en cuenta en casos futuros.

    • recurso de amparo constitucional
    • 1.
    • Fragmento 3
    • a)
    • denegó”
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4..
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • denegatoria”

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca