Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0023/2006-R
Fecha: 10-Ene-2006
II.2.
II.2. Según informe técnico OLPA-087-2005 de 20 de junio, emitido por Gastón Poma Pérez funcionario de la Superintendencia Forestal, se evidencia que dentro de la propiedad del actor; los recurridos y otros miembros de la comunidad campesina 5 de agosto hicieron desmonte, construcción de una vivienda rústica, rozado, tumba y quema de árboles y otros trabajos no autorizados por dicha repartición estatal (fs. 26).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- utilizaron la vía penal e interdicta, habiendo conseguido resoluciones favorables que amparan su derecho propietario así como su derecho de posesión sobre las mismas
- al existir fallos ejecutoriados favorables a los intereses de la los representados de la actora, éstos, si es pertinente, podrán acudir ante las autoridades que conocieron dichos procesos para exigir su cumplimiento y pedir el respeto de su derecho propietario si el terreno en cuestión estuviera incluido en los predios protegidos por dichas resoluciones, e incluso si no lo estuviera, pueden acudir a la vía penal o a la vía interdicta como ya lo hicieron en casos anteriores
- III.3.