SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2006-R

Fecha: 10-Ene-2006

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

La recurrente a través de su abogado, ratificó y reiteró in extenso el contenido de su demanda y la amplió manifestando que quien tramitó el proceso penal fue el Juez Raúl Bazualto Caro hasta que se dictó la Sentencia, pero a raíz de la entrada en vigencia del nuevo Código de procedimiento penal, el Juez recurrido tomó conocimiento de su caso a raíz del incidente de nulidad que interpuso y como quiera que el Juzgado por reestructuración ha pasado al Juzgado de la Jueza recurrida es que ambas autoridades tienen legitimación pasiva. Asimismo, el defensor de oficio que tenía la demandante también era abogado de su esposo, presumiéndose que por malicia no le informó de la Sentencia condenatoria, provocándole la indefensión; ya que en el memorial del recurso de apelación no existe su firma.