SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2006-R
Fecha: 11-Ene-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente agregó que se encuentra investigado dentro de un proceso en el que en primera instancia se le benefició con medidas sustitutivas que fueron revocadas por el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal que ordenó se libre mandamiento de aprehensión sin ninguna fundamentación y sin la concurrencia de los requisitos previstos por el art. 233 del CPP; además no fue legalmente notificado, vulnerándose el art. 251 del CPP que establece un término para apelar, pues en antecedentes sólo cursan notificaciones con las audiencias suspendidas de conciliación; y si bien, la autoridad recurrida es nueva, debió haber dado cumplimiento al art. 279 del CPP, por lo que le corresponde demostrar la notificación con la decisión de revocatoria de las medidas sustitutivas, teniendo en cuenta que constituyó domicilio real y procesal, por lo que considera que fue detenido sin que se guarden las formalidades de ley.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- III.2.
- cuando debió ser puesta a conocimiento suyo, en forma personal
- III.3.
- Fragmento 16
- III.4.
- III.5.
- 2°