Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2006-R
Fecha: 11-Ene-2006
II.2.
II.2. Por Auto de 1 de septiembre de 2005 (fs. 29 a 31), la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal de Al Alto, en audiencia a la que no compareció el recurrente, revocó las medidas sustitutivas impuestas al actor, disponiendo la emisión de mandamiento de aprehensión para que una vez aprehendido sea puesto a disposición de la autoridad jurisdiccional para emitir el mandamiento de detención preventiva, debido al incumplimiento de la fianza personal. En dicha Resolución se hace constar: “La presente resolución ha efectos de la apelación ha sido dictada el día 01 de septiembre de 2005 a horas 15:15 p.m. con lo que quedan expresamente notificados” (sic).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- III.2.
- cuando debió ser puesta a conocimiento suyo, en forma personal
- III.3.
- Fragmento 16
- III.4.
- III.5.
- 2°