SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0064/2006-R
Fecha: 18-Ene-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Pese a que su representado es Gerente General del Banco de Crédito de Bolivia S.A., con oficinas en la calle Mercado esquina Colón de la ciudad de La Paz; y que su domicilio real es en esta misma ciudad en la calle Rodríguez Balanza 14 de la urbanización San Alberto, cuando se encontraba en la ciudad de Santa Cruz, se pretendió citarle mediante comparendo sin conseguir dicho objetivo, por lo que no estaba en la obligación de presentarse a prestar su declaración en calidad de supuesto testigo; empero, el Fiscal recurrido libró mandamiento de aprehensión, con el que está siendo buscado por funcionarios de la División Operaciones Especiales de la Policía Técnica Judicial de la ciudad de La Paz; y principalmente por el Policía correcurrido, quien se ha presentado en instalaciones del Banco interrogando a los funcionarios; y además guarda celosa guardia en inmediaciones de las mismas desde el “jueves 18”.
Señala que su representado, no es testigo en ningún proceso a cargo del Fiscal recurrido y no ha tenido conocimiento de haber sido ofrecido en dicha calidad, de manera que no sabe qué testificar, y lo que es más grave no fue legalmente citado para presentarse ante dicha autoridad; quien además sin que exista norma que le faculte a expedir mandamiento de aprehensión para que se presente a declarar como testigo y menos en la ciudad de Santa Cruz, ha expedido dicho mandamiento con el que “algunos policías de la ciudad de La Paz” lo están persiguiendo indebidamente amenazando su libertad “con la agravante de que en el supuesto caso de ser detenido sería conducido a la ciudad de Santa Cruz”.