Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0066/2006-R
Fecha: 18-Ene-2006
II.2.
II.2. La Alcaldesa Municipal pronunció la Resolución Ejecutiva 270/04, de 28 de junio de 2004 (fs. 13), declarando improcedente la solicitud de anteproyecto para la construcción de surtidor de acuerdo al informe técnico 15/04, de 13 de abril de 2004 emitido por la Sub Alcaldía Distrito 4 que señala que al tener una distancia de 160 m con el surtidor Los Alamos, incumple el art. 1 de la OM 3022/03.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Resolución
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se optó por el cumplimiento estricto del Reglamento Municipal.
- III.2.
- APROBAR