SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0070/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0070/2006-R

Fecha: 25-Ene-2006

II.6.

II.6.  A través de memorial presentado el 25 de abril de 2005 el recurrente reiteró su solicitud de nulidad de obrados, aclarando que era un incidente de nulidad presentado conforme las normas previstas por el art. 149 del CPC aplicable supletoriamente por mandato del art. 105 del CM, por lo que debía ser rechazado con fundamentos (fs. 54 y vta.); lo que provocó que el recurrido el mismo día, emitiera providencia respondiendo sobre las observaciones del recurrente relativas a la vigencia o caducidad de las concesiones mineras; y del mismo modo, expresó que el Código de Minería no reconocía la presentación de incidentes para evitar la judicialización de los trámites administrativos, por lo que toda controversia debía dilucidarse por medio de los recursos previstos en las normas de los arts. 159 y 161 del CM (fs. 27).