SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0079/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0079/2006

Fecha: 16-Oct-2006

En el cómputo de plazos y términos previstos en este Código, no surte efecto el término de la distancia

         Asimismo, el art. 131 del CTB establece los recursos admisibles que tienen expeditos los contribuyentes en la vía administrativa a los efectos de impugnar los actos de la Administración Tributaria como son el recurso de alzada y contra la Resolución que resuelve éste, el Recurso Jerárquico, ambos con efectos suspensivos.