SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0079/2006
Fecha: 16-Oct-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El incidentista cuestiona la constitucionalidad del último párrafo del art. 4 del CTB, señalando que es contrario al principio de igualdad y a la garantía del debido proceso, consagrados por los arts. 6.I y 16.IV de la CPE, por cuanto al establecer que el término de la distancia no surte efecto en el cómputo de plazos y términos previstos en el indicado Código, coloca en un plano de desigualdad a los contribuyentes que no viven en las capitales de departamento para acceder a los órganos de impugnación, resultando arbitrario que el legislador haya restringido el término de la distancia en perjuicio de los contribuyentes que no son “capitalinos”, tratando de manera igual a los desiguales. Por consiguiente, corresponde determinar si los extremos señalados son evidentes a los efectos de realizar el control de la constitucionalidad que le encomienda a este Tribunal el art. 120.1ª de la CPE.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- I.1.1. Resolución sintética del recurso
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- 1)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- convenientes
- En el cómputo de plazos y términos previstos en este Código, no surte efecto el término de la distancia
- plazo perentorio de veinte (20) días improrrogables
- III.3. Sobre el principio de igualdad y la garantía del debido proceso
- Fragmento 15
- III.4. Juicio de constitucionalidad de la norma sometida a control
- Fragmento 17
- INCONSTITUCIONAL